Desde el pasado 18 de abril comenzó a regir la identificación de las placas en los cascos de los motociclistas y sus acompañantes, como una de las medida adoptadas por la Alcaldía de Bogotá para reducir las cifras de inseguridad en la ciudad.
Los conductores y acompañantes que incumplan con esta medida podrán incurrir en la infracción de tránsito C.24 de la Ley 1383 de 2010, que impone una multa equivalente a los (15) salarios mínimos legales diarios vigentes al conductor y/o propietario del vehículo.
¿Cómo se debe realizar la marcación de los cascos?
De acuerdo al Decreto 119 del 2022 sancionado por el Distrito y establecido por la Alcaldía de Bogotá, para la plena identificación del motociclista y su acompañante estos deberán llevar impreso en la parte posterior externa de los cascos la placa del vehículo sobre fondo oscuro y letra blanca, sin ningún elemento que impida su visibilidad, en letras y números reflectivos, tipo arial con un tamaño de 3.5 centímetros de alto y un ancho de trazo de 1 centímetro.
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Por otro lado, los motociclistas de manera opcional podrán usar en su indumentaria el número de placa asignada al vehículo en un lugar visible, en letras y números reflectivos con un tamaño mínimo de nueve (9) centímetros de alto por cuatro (4) centímetros de ancho por cada letra o número.
Cabe señalar que estas medidas son transitorias y preventivas, por lo que serán evaluadas mes a mes por la Policía Nacional y la administración distrital para definir su continuidad.
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