Nuevas Normativas para Regular el Funcionamiento de los Bicitaxis en Colombia

El Ministerio de Transporte de Colombia ha implementado nuevas reglas para la operación de los bicitaxis en el país, un medio de transporte popular en varias ciudades y municipios. Estas regulaciones buscan formalizar el servicio, mejorando la seguridad tanto para los conductores como para los pasajeros, y consolidando un sistema de movilidad más eficiente y ordenado.

Con la expedición de la Resolución 20243040038565, se establece que todos los bicitaxis deberán estar registrados en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT). Este registro es obligatorio y esencial para garantizar que los vehículos cumplan con las condiciones técnicas definidas por la normativa. El objetivo es asegurar que el servicio de transporte se preste de forma legal y bajo estándares de seguridad.

Requisitos Técnicos y de Registro

  • Registro en el RUNT: Todos los propietarios de bicitaxis deberán realizar el proceso de registro de manera virtual, adjuntando la documentación que certifique que el vehículo está en condiciones aptas para prestar el servicio público. Este paso es clave para homologar los vehículos y asegurar que cumplen con las normas técnicas y de seguridad establecidas.
  • Especificaciones Técnicas: Los bicitaxis no motorizados deberán tener tres ruedas y un ancho máximo de 1,20 metros, siendo impulsados únicamente por la fuerza física del conductor. El habitáculo estará diseñado para transportar hasta tres personas, incluyendo al conductor, y contará con puertas de acceso en ambos lados para garantizar una entrada y salida seguras.

Reglas para Bicitaxis con Pedaleo Asistido

Para los vehículos con pedaleo asistido, las nuevas normativas establecen que deberán contar con un motor eléctrico auxiliar cuya potencia no supere los 0,50 kW. Este motor solo podrá funcionar como apoyo al esfuerzo del conductor y se desactivará automáticamente cuando el bicitaxi alcance los 25 km/h o el conductor deje de pedalear. De esta manera, se busca mantener un balance entre la tecnología y el esfuerzo humano, promoviendo una movilidad de bajas emisiones.

Mantenimiento y Responsabilidades

Los propietarios y las empresas operadoras de bicitaxis tendrán la responsabilidad de mantener las condiciones originales de los vehículos homologados. Esto implica garantizar un mantenimiento adecuado y evitar modificaciones que puedan comprometer la seguridad y funcionalidad del vehículo.

Supervisión y Homologación Local

Las autoridades locales serán responsables de supervisar la implementación y operación de los bicitaxis en sus territorios. Además, podrán realizar estudios de viabilidad para determinar si la infraestructura vial es adecuada para este tipo de transporte. Solo los bicitaxis homologados y registrados podrán ofrecer el servicio de transporte público en las áreas urbanas.

Hacia una Movilidad Formal y Sostenible

El propósito de esta normativa es formalizar un sector que ha operado de manera irregular en muchas regiones de Colombia. La incorporación de los bicitaxis al RUNT y la definición de requisitos claros ofrecen un marco regulatorio que busca mejorar la seguridad de los usuarios y el control de la operación. Con estas nuevas disposiciones, el Gobierno pretende fomentar una movilidad más sostenible, alineada con los compromisos del Plan Nacional de Desarrollo.

Los bicitaxis, como vehículos de bajas emisiones, representan una opción ecológica en zonas donde el transporte motorizado tradicional puede no ser viable. Sin embargo, para garantizar su operación legal y evitar sanciones, los conductores deberán cumplir con el proceso de homologación y registro, asegurando que sus vehículos se ajusten a las normativas vigentes.

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