
El pasado miércoles 27 de julio, la alcaldesa de Bogotá, Claudia Lopéz, ordenó a la Policía Metropolitana sacar de las vías los bicitaxis que prestan su servicio informal en la ciudad.
La mandataria aseguró que no hay justificación para que este transporte siga operando en la ciudad, cuando existe suficiente cobertura de rutas del SITP: “Le pido a nuestra Policía que cada vez más vayamos sacando esos bicitaxis y mototaxis informales de las calles. Ya no hay justificación”.
Bicitaxismo es bicicleta a pedal y baja velocidad complementaria a alimentadores/zonales en barrios. Lo permitimos y bienvenido.
— Claudia López Hernández (@ClaudiaLopez) July 28, 2022
Bici con motor, gasolina y velocidad es mototaxismo, nunca ha estado permitido por el peligro para peatones/transeúntes.
Mototaxismo NO. Bicitaxismo SI https://t.co/xnJiUGK4bG pic.twitter.com/hUom0KVSDe
Además, la alcaldesa mencionó en sus redes sociales que el bicitaxismo permitido en la ciudad es la bicicleta a pedal o eléctrica, baja velocidad que no afecte a peatones, niños y mayores en andenes y otros espacios públicos peatonales.
Esto considerando que, en el 2018 el Gobierno Nacional reglamento el funcionamiento de los bicitaxis en el país a tráves de la Resolución 3256 del mismo año. En esta resolución se establece que la autoridad territorial debe establecer mecanismos de inspección, control y vigilancia que garanticen la seguridad del usuario y, en todo caso, estos vehículos tendrán que ser no motorizados o con pedaleo asistido:
a. Las condiciones mínimas del estado técnico mecánico de los vehículos tricimóviles, es decir en buen estado de operación y óptimas condiciones de calidad, comodidad y seguridad, conforme a lo establecido en la presente disposición. En todo caso los vehículos tendrán que ser no motorizados o con pedaleo asistido.
b. La idoneidad de los conductores.
c. Condiciones de circulación.
d. Un mecanismo que garantice el almacenamiento, trazabilidad y seguridad de la información relacionada con los registros de vehículos y conductores con los que se presta el servicio en el periodo de transición, con el fin de garantizar su migración una vez la plataforma tecnológica entre en operación.
Resolución 3256 de 2018 [Ministerio de Transporte].
En entrevista con Blue Radio, el secretario de Movilidad de Bogotá, Felipe Ramiréz explicó que la prohibición del uso esta dirigida a aquellas bicicletas con motor y no a las de pedal.
Para más información acerca de la Resolución 3256 haz clic aquí
Edith Pertuz
Quizás te interese:
Las placas en los cascos ya no son obligatorias
Más de 2 millones de conductores deben renovar su licencia antes de 2025 para evitar multas
Para 2025, más de 2 millones de colombianos deberán renovar su licencia de conducción para…
Día sin carro y moto 2025: Bogotá se alista para la jornada del 6 de febrero
Este 6 de febrero se llevará a cabo la primera jornada del Día sin carro…
Conoce el pico y placa para vehículos particulares en Bogotá (27 de enero – 2 de febrero)2025
Verifica cómo opera la medida de pico y placa esta semana en Bogotá y planea…
Conductores en Bogotá: solo 20 días para planear su movilidad sin carro ni moto
Los conductores en Bogotá tienen 20 días para planear su movilidad durante el próximo Día…
Mujeres al volante de la emergencia: Curso de conducción para vehículos de bomberos
En un paso significativo hacia la igualdad de género en el ámbito de las emergencias,…
Renovación gratuita de licencias de conducción en Bogotá: requisitos y cómo aplicar
La Secretaría de Movilidad de Bogotá, en alianza con el proyecto AVANTIA y con el…